Luis Fernando Bacci Angulo
Desde su nacimiento el Gravamen a los Movimientos Financieros ha causado grandes controversias en Colombia; si bien, ha sido un impuesto exitoso en la recaudación y generación inmediata de ingresos corrientes para la nación, ha desestimulado el uso del sistema financiero, ocasionando preponderancia por el efectivo; con lo cual se han visto afectadas importantes variables macroeconómicas como son el ahorro y la inversión.
El Gravamen a los Movimientos Financieros nace en 1998, como un “impuesto temporal” creado por el gobierno, amparado por el decreto 2331 de 1998 mediante le cual se declaró el Estado de emergencia económica y social en el territorio colombiano; Dentro de este decreto el gobierno establece temporalmente, hasta el 31 de diciembre de 1999, una contribución sobre transacciones financieras como un tributo a cargo de los usuarios del sistema financiero y de las entidades que lo conforman, destinado exclusivamente a preservar la estabilidad y la solvencia del sistema, y de esta manera, proteger a los usuarios del mismo; una contribución transitoria del 2 x 1000 sobre los retiros de cuenta corriente y cuenta de ahorros y del 1,2 x 10.000 para las operaciones interbancarias.
Para justificar está medida, el gobierno argumentó que todas las fuentes de financiación estaban agotadas por la grave crisis fiscal y, que, por lo tanto, era prudente que los mismos usuarios apoyaran al sistema financiero , e insistió en que se trataba de una medida temporal, sin embargo, los ingresos adicionales que representaron este ingreso, su facilidad en el recaudo, y otros motivos, hicieron tentador el volverlo un impuesto permanente, por lo cual a partir de la Ley 633 del 20 de diciembre 2000, este pasa a ser permanente y del tres por mil.
Desde ese momento y hasta la fecha, este impuesto ha presentado varias modificaciones, por un lado, se han creado excepciones, buscando suavizar parte de los efectos negativos que ha tenido en la economía, por ejemplo se incorporo un monto a partir del cual se cobra el impuesto, actualmente opera cuando se hacen retiros de dinero de cuentas de ahorro que superen los 350 UVT ($7.340.900 pesos) mensuales; por el otro se ha cambiado el destino al cual va dirigido los recursos, han pasado de ser usados para el salvamento del sistema financiero, a la reconstrucción del eje cafetero y por último a ser un ingreso corriente del Estado; y por último se ha incrementado la tarifa, a partir de la Ley 863 de 2003 se decidió elevar del 3 al 4 por mil el GMF.
El impuesto a las transacciones financieras tiene las ventajas del mecanismo de retención en la fuente. El recaudo lo realizan los establecimientos de crédito, ... y la DIAN, con un pequeño número de funcionarios administra el tributo, debiendo fiscalizar únicamente a 60 grandes contribuyentes quienes son responsables del recaudo y traslado de los recursos- Es por eso, que pasa a ser un impuesto llamativo para el gobierno, más al tener en cuenta que a menos de que las persona no utilicen es sistema financiero para realizar sus pagos o trasferencias de dinero, el impuesto no se puede evadir o eludir.
La principal critica de este impuesto, es que es considerado inequitativo, puesto que no tiene en cuenta la capacidad de pago de las personas “porque su peso para los agentes económicos no tiene ninguna relación con las utilidades de las empresas o los ingreso de las personas. Por ejemplo salen más gravadas las empresas con alta rotación de su capital de trabajo (independientemente de su capacidad de generar utilidad) y las personas que manejan todos sus recursos en el sistema financiero. Al mismo tiempo, los agentes más sofisticados, con acceso a sistemas de cash management, que disminuyan de manera notable los retiros y manejos de fondos innecesarios, pueden evitar en buena parte la carga creada por el impuesto”
Así mismo, la permanencia de este impuesto termina por afectar de manera contundente la captación y retiros de dineros por el sistema financiero, factor que repercute en la industria que ve costosa su financiación a través de la banca privada y sin lugar genera un bajonazo de la productividad.
Ante un bajo nivel de depósitos, las tasas de interés de captación y colocación podrían tender a subir, generando un mayor costo de financiación de proyectos; lo cual a su vez genera menor competitividad internacional de las empresas nacionales. Sin embargo, debemos recordar, que el comportamiento de las tasas de interés dependen de muchos otros factores, por lo cual, el efecto directo que tiene este tipo de impuestos sobre la tasa de interés es difícil de medir.
Después de Brasil, Colombia es el país latinoamericano en el cual ha durado más tiempo el impuesto y aunque la tasa que actualmente está cobrando nuestro país no es la más alta, es preocupante que sea el único país que no tiene intención de eliminarlo; o por lo menos reducirlo. Por último, aunque no menos importante, hay que resaltar que la única característica que tienen en común los 4 países, es que el impuesto ha causado una desintermediación financiera importante, causando con ello ineficiencia en el sistema financiero, traducido en ineficiencia en uno de los motores más importantes de la economía.
Tal vez la más grave consecuencia que trae este impuesto, es la desintermediación financiera, por el aumento en los costos de la misma; generando un aumento por la preferencia de liquidez. Tanto las personas como las empresas han modificado, en algún grado, sus decisiones del portafolio. La disminución en la rentabilidad efectiva de las cuentas de ahorro y corrientes a consecuencia del impuesto, ha hecho que las personas o bien opten por aumentar sus inversiones en los activos financieros que no son objeto del gravamen, o prefieran mantener más saldos líquidos. Estimaciones econométricas arrojan evidencia sobre el efecto del impuesto en la demanda por efectivo (en Colombia), la cual creció 0,41 puntos porcentuales adicionales a las pocas semanas de implementada la medida.
Al tener en cuenta, que el sector financiero, es un motor de desarrollo importante para la economía, puesto que es el encargado de canalizar los recursos del los agentes superávitarios de capital, hacia los agentes deficitarios, generando con ello fuentes de financiación para diferentes proyectos es claro que este impuesto no solo distorsiona la actividad de intermediación, sino por el contrario distorsiona todo el conjunto de la economía; afectando con ello el desarrollo económico.
Desde el punto de vista de la Hacienda Pública es claro que este tipo de impuestos no deben perdurar, es un impuesto regresivo, que esta afectando el desarrollo económico, y el cual ya dejo de cumplir su objetivo de estabilización.
Por esto mismo, a pesar de que este impuesto haya incrementado los ingresos corrientes de la nación, y sea un impuesto de fácil control y recaudo, es conveniente que no perduren por mucho tiempo, pues se arriesga una significativa desintermediación doméstica, la cual podría ser difícil de revertir, incluso si el impuesto llegara a ser eliminado. Asimismo, si la actividad económica es llevada a la informalidad, se generan impactos negativos sobre la recaudación de otros impuestos importantes (como el IGV y el Impuesto a la Renta).
domingo, 22 de agosto de 2010
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